Indemnización laboral

Lo que te corresponde y lo que tu empleador espera que no sepas

La indemnización laboral no es un regalo ni una negociación. Es un derecho reconocido por la ley argentina que tu empleador está obligado a pagar. El problema es que la mayoría de los trabajadores no saben exactamente cuánto les corresponde.

¿Qué tipos de indemnización existen?

La más común. Se calcula en base a la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada en el último año de trabajo. La fórmula es: un sueldo por año de antigüedad (o fracción mayor de 3 meses. Importante en 2026: la Ley 27.802 modificó algunos criterios de cálculo e introdujo el Fondo de Indemnización Laboral para contratos nuevos. Si te despidieron después del 6 de marzo de 2026, el monto puede ser diferente al del régimen anterior. Consultanos para saber cuál te aplica.
Si sufriste un accidente en el trabajo o desarrollaste una enfermedad profesional y quedaste con secuelas, tenés derecho a una indemnización. El cálculo depende de varios factores: tu ingreso base, tu edad, el porcentaje de incapacidad determinado médicamente y los pisos mínimos establecidos por ley. Existen variaciones importantes según si el accidente ocurrió en el lugar de trabajo, en el trayecto de ida o vuelta al mismo (accidente in itinere), o si se trata de una enfermedad contraída por las condiciones laborales. Cada uno de estos escenarios tiene su propio marco legal y los montos finales pueden ser muy distintos entre sí. En todos los casos, lo que determinará tu indemnización es el grado de incapacidad que te reconozcan — y ese reconocimiento es justamente donde las ART suelen quedarse cortas.
Si el despido se debió a tu condición de salud, embarazo, maternidad, actividad sindical, género o cualquier otra causa discriminatoria, las indemnizaciones que corresponden son significativamente mayores que las del despido común.

Errores frecuentes en el cálculo de tu indemnización

El empleador tiene incentivos para pagar menos. Estos son los errores más comunes que detectamos:
  • Tomar el último recibo en lugar de la mejor remuneración del año. Si hubo meses con comisiones o adicionales más altos, ese puede ser el sueldo de base correcto para el cálculo.
  • No incluir pagos extraordinarios en la base de cálculo cuando correspondan por ley. Hay muchos conceptos con carácter remuneratorio habitual que integran la base.
  • Calcular mal la antigüedad. Si trabajaste en negro en los primeros meses – años y luego te registraron, la antigüedad real corre desde el inicio efectivo del vínculo, no desde la fecha del contrato.
  • No identificar rubros que te corresponden y que el empleador omitió incluir en la liquidación — como SAC proporcional, vacaciones no gozadas o integración del mes.

¿Cómo calculamos tu indemnización en Feito Abogados?

  1. Revisamos todos tus recibos de sueldo del último año para determinar la mejor remuneración mensual, normal y habitual.
  2. Verificamos tu fecha de ingreso real versus la declarada, y analizamos si hay diferencias que te favorezcan.
  3. Determinamos si hay rubros que el empleador no incluyó en la liquidación y que te corresponden.
  4. Evaluamos si el despido tiene alguna característica especial que lo haga más gravoso para el empleador (discriminatorio, durante enfermedad, maternidad, etc.).
  5. Te presentamos un cálculo detallado rubro por rubro antes de iniciar cualquier reclamo.

¿Cuándo conviene aceptar el SECLO y cuándo ir a juicio?

No hay una respuesta única. Depende del monto ofrecido, de la calidad de la prueba disponible, de la capacidad económica de la empresa y de tus necesidades inmediatas. Lo que sí es claro es esto: en Feito Abogados nunca recomendamos un acuerdo que consideremos injusto para nuestros clientes. El 97% de nuestros casos se cobra — y ese porcentaje es el resultado de tomar decisiones estratégicas correctas en cada instancia del proceso.

Sin gastos hasta cobrar — así trabajamos

  • Primera consulta gratuita — analizamos tu caso sin compromiso.
  • Sin costos iniciales de ningún tipo.
  • Honorarios diferidos sobre el monto efectivamente cobrado.
  • Transparencia total en cada etapa del proceso.

Preguntas frecuentes sobre indemnización

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

2 años desde el despido o desde el alta médica en caso de accidente o enfermedad. Este plazo de prescripción es uno de los más importantes — si vence, perdés el derecho. No esperés.

La insolvencia declarada del empleador no extingue tu derecho. En estos casos analizamos la existencia de sociedades vinculadas, controlantes o relacionadas, y evaluamos si los verdaderos dueños o administradores de la empresa tienen responsabilidad personal por el crédito laboral. El objetivo es siempre garantizar el cobro efectivo, no solo la sentencia favorable.

Son regímenes completamente distintos. La indemnización por despido (art. 245 LCT) compensa la pérdida del trabajo. La indemnización por accidente laboral o enfermedad profesional (Ley 24.557) compensa la pérdida de capacidad laboral y depende del grado de incapacidad que te reconozcan. En algunos casos ambos reclamos pueden coexistir — por ejemplo, si te despidieron después de un accidente.

Es el dinero que debe pagarte tu empleador cuando te despide sin causa justificada. Se calcula como un sueldo por cada año trabajado (o fracción mayor a 3 meses), con un mínimo de 2 meses. La base es tu mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año.

Hay más. La liquidación final incluye también preaviso, integración del mes de despido, SAC proporcional y vacaciones no gozadas. Cada rubro tiene su propia fórmula. Un error en cualquiera de ellos puede costarte cientos de miles de pesos.

Hay más. La liquidación final incluye también preaviso, integración del mes de despido, SAC proporcional y vacaciones no gozadas. Cada rubro tiene su propia fórmula. Un error en cualquiera de ellos puede costarte cientos de miles de pesos.

Sí. Si una parte de tu salario se pagaba fuera del recibo, esa diferencia también integra la base de cálculo. Además, en casos de trabajo no registrado o mal registrado, pueden corresponder rubros adicionales que aumentan significativamente el monto total.

Nunca en el momento. Tenés derecho a pedir tiempo para revisar con un abogado. Si firmás de conformidad, es muy difícil reclamar diferencias después. Antes de firmar cualquier documento, consultanos.

2 años desde el despido (art. 256 LCT). Vencido ese plazo, el derecho prescribe. Si creés que la liquidación fue incorrecta o incompleta, no esperes — cuanto antes actuás, mejor posición tenés.

Si tenés que iniciar acciones legales para cobrar lo que te corresponde, el monto de la indemnización se incrementa. Además, los intereses corren desde la fecha del despido hasta el pago efectivo — con la inflación argentina, eso puede ser muy significativo.

Depende del monto ofrecido, la prueba disponible y tus necesidades. Nunca recomendamos aceptar un acuerdo que consideremos injusto. En Feito Abogados analizamos cada caso antes de recomendar cualquier decisión.

Sí. El despido durante una licencia médica tiene consecuencias agravadas: además de la indemnización normal, corresponde el pago de los salarios caídos hasta el alta o hasta que venza el período de licencia que te correspondía según tu antigüedad.

Sin gastos iniciales. Trabajamos a honorarios diferidos: cobramos un porcentaje de lo que vos cobrás. Si el caso no prospera, no pagás nada. La primera consulta es gratis, por WhatsApp, las 24 horas.

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